Así es el modelo que la Comisón Europea plantea para facilitar las denuncias de corrupción

Así es el modelo que la Comisón Europea plantea para facilitar las denuncias de corrupción

Hace unos meses, la Comisión Europea presentaba una propuesta de Directiva para garantizar la protección de las personas que alerten, informen y denuncien fraudes y actuaciones ilícitas en cualquier entorno.

El texto contempla dos vías a la hora de presentar una denuncia:

  • interna, cuando la persona denunciante comunica los hechos a los mecanismos de la propia entidad donde desarrolla su labor y en la que ha observado el comportamiento sospechoso o ilícito.
  • externa, cuando los comunica a la autoridad designada para recibir denuncias según dispone la Directiva

En el primer supuesto, las entidades públicas y privadas deberán adoptar medidas encaminadas a establecer procedimientos internos de notificación y tramitación de denuncias, que contemplen:

  • cauces confidenciales para la recepción de denuncias.
  • personas designadas o servicios competentes para ello.
  • diligencia en la tramitación, que no deberá exceder los tres meses.
  • información clara y accesible sobre los procedimientos y sobre cómo y en qué condiciones pueden presentarse denuncias ante las autoridades

Estas denuncias podrán presentarse tanto en papel como de forma telemática, oral o telefónica.

En el segundo caso, en el que la persona denunciante siguiera la vía externa, el texto marca que los Estados miembros deben designar a las autoridades encargadas de recibir y tramitar denuncias. Además, velarán por que todas ellas:

  • establezcan cauces externos de denuncia independientes, autónomos, seguros y confidenciales.
  • informen a la persona denunciante sobre la tramitación de la denuncia en un plazo razonable, no superior a 3 meses, o a 6 meses en casos debidamente justificados.
  • transmitan la información contenida en la denuncia a los órganos u organismos competentes de la Unión, según proceda, para que se siga investigando, cuando ello esté previsto por el Derecho nacional o comunitario

La Directiva dispone que las personas informantes están obligadas, por lo general, a utilizar los cauces internos en primer lugar. Si no funcionan, podrán informar a las autoridades competentes, y, en última instancia, al público y los medios de comunicación. Actualmente, esta propuesta está en tramitación ante el Parlamento Europeo. Desde l’Observatori prestaremos mucha atención a su evolución.

 

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