La investigación del caso Brugal se remonta al año 2007, con la detención del empresario oriolano Ángel Fenoll (acusado en este supuesto) por una presunta trama de sobornos en lo concerniente a la concesión de los servicios de recogida de basura en Orihuela. Del relato de los hechos consta la posible existencia de una red de extorsión y soborno en el proceso de contratación de las empresas que prestaban el servicio de recogida de basuras en el municipio, actuando el empresario Fenoll como catalizador de esta red clientelar con los responsables públicos del consistorio, mediando este en las luchas de poder internas vividas durante esos años en el Partido Popular de Alicante, alineándose con las partes que mejor rédito podían ofrecer a sus operaciones, al tiempo que éstas le garantizaban esa posición de privilegio.
No obstante, cabe reseñar la existencia de múltiples conversaciones privadas grabadas por Fenoll con los acusados, alcaldes y ediles del Partido Popular de Orihuela, donde podía intuirse cierto actuar arbitrario en la concesión de los servicios. De hecho, las grabaciones ofrecidas por Fenoll, sobre las que se articuló la investigación de esta pieza del caso Brugal, son discutidas en la resolución, hasta el punto de suponer la nulidad del procedimiento por vulneración del derecho fundamental al secreto de las comunicaciones. Así, la sentencia considera que “hay una falta de las resoluciones judiciales legitimadoras de las fuentes de prueba con que se ha abierto este proceso y de la documentación en que se sustentan, así como la falta de garantías de sellado en el volcado obrante en los soportes existentes en este proceso judicial, de forma que solo cabe declarar la ilicitud de las intervenciones telefónicas y de las pruebas documentales, testificales, y de otra índole que directa o indirectamente se derivaron de las mismas, al haberse infringido el derecho fundamental al secreto de las comunicaciones”.