Caso Comercio: Fraccionamiento ilegal en contratos menores en el Ayuntamiento de Alicante

Sentencia

Sentencia Audiencia Provincial de Alicante (nº 431/2019), 28 de octubre de 2019 (Caso Comercio)

Descripción de los hechos

Gabriel Echávarri, alcalde socialista del municipio de Alicante, asumió desde su acceso al puesto las  competencias derivadas de la Concejalía de Comercio, Mercados y Consumo. Por su parte, los otros dos acusados ocupaban, responsabilidades de asesoría del equipo de gobierno, especialmente en las competencias señaladas y jefatura del gabinete de la alcaldía, respectivamente. Durante los meses de 2016, por decisión del alcalde, la Concejalía de Comercio contrató, empleando la figura del contrato menor de servicios (cuyo importe, sin incluir el IVA, no puede exceder de 18.000€), un total de 25 operaciones con diferentes empresas por un importe acumulado de 189.762,86€, produciéndose el fraccionamiento, deliberado y reiterado por los acusados, de los objetos de las prestaciones a fin de eludir la normativa vigente en materia de contratación administrativa, que exige respeto a los principios de publicidad y concurrencia en 9 de ellos. Estas nueve contrataciones debieron haber sido tramitadas legalmente, mediante concurso público en lugar de contrato menor, por referirse a unos mismos objetos y tratarse de unidades funcionales. El hecho de no seguir la tramitación correcta fue para no superar el límite legal del contrato menor de servicios, llegando a superarse en uno de ellos por un céntimo.

Así, la resolución expone cómo hubo un reparto de tareas: el alcalde, abogado y concejal delegado del área de Comercio, diseñó el funcionamiento de la concejalía y puso al frente al asesor del equipo de gobierno, quien con su autorización y conocimiento se dedicó a ejecutar el gasto del dinero asignado mediante el fraccionamiento de los contratos menores. La sentencia recalca también la importancia del jefe de gabinete en la trama, quien además disponía de la firma digital del alcalde en las facturas a fin de sancionarlas.

Municipio

Alicante.

Comarca

L’Alacantí.

Delito imputado

Delito de prevaricación del art. 404 CP.

Sentido sentencia

Condenatoria.

Clase funcionario/autoridad

Alcalde de Alicante por el Partido Socialista.

Asesor.

Jefe de Gabinete de la Alcaldía.

Impacto económico

189.762,86€.

Concurso con otros delitos

No consta.

Pena

Alcalde de Alicante por el Partido Socialista: Pena de 8 años y 6 meses de inhabilitación especial para empleo o cargo público que implique el ejercicio de los cargos de alcalde, teniente de alcalde o concejal de cualquier corporación local.

Asesor: Pena de 8 años y 6 meses de inhabilitación especial para empleo o cargo público que implique el ejercicio de los cargos asesor y/o funcionario de cualquier corporación local.

Jefe de Gabinete de la Alcaldía: Pena de 7 años de inhabilitación especial para empleo o cargo público que implique el ejercicio de los cargos asesor y/o funcionario de cualquier corporación local.

Responsabilidad civil

No consta.

Otros datos de interés

Resolución confirmada por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valencia, donde se aumenta la pena de inhabilitación impuesta a 12 años para los dos primeros condenados y 9 para el tercero, por una mala aplicación en la SAN nº 431/2019 del tenor literal del art. 404 CP posterior a la reforma del Código penal de 2015, donde se modifica la pena para el delito de prevaricación.