Caso Emarsa

Sentencia

Sentencia Audiencia Provincial de Valencia (nº 349/2018), 19 de junio de 2018.

La sentencia del Caso Emarsa se extiende aproximadamente hasta las 1.200 páginas, deteniéndose en relatos de hechos pormenorizados para cada uno de los 24 acusados. Para seguir con el carácter sintético de estas fichas, nos limitaremos en el análisis a los principales cargos públicos que urdieron la trama, ofreciendo una descripción de los hechos unitaria, sin entrar en la conducta de las personas sin carácter público que participaron en el caso como cooperadores necesarios.

Descripción de los hechos

La Entidad Metropolitana de Aguas Residuales, Sociedad Anónima (en adelante, Emarsa) era una empresa pública creada por el Ayuntamiento de Valencia y 17 municipios del área metropolitana para gestionar la depuradora de Pinedo y el saneamiento de aguas residuales. Suponían más de 300.000 metros cúbicos que la ciudadanía costeaba en su factura del agua. Era propiedad el 46% del Ayuntamiento de Valencia, el 54% de otros consistorios vecinos, los cuales inyectaron 10 millones de euros en seis años. De igual modo, también aportaba fondos a su presupuesto la Entidad Pública de Saneamiento de Aguas (en adelante, Epsar), dependiente de la Generalitat Valenciana.

Queda acreditado en la sentencia que, de forma sistemática por los principales imputados Esteban Cuesta (Gerente Emarsa), Ignacio Bernácer (Director de explotación de Epsar), Enrique Crespo (Presidente Consejo Administración y Consejero Delegado Emarsa), José Juan Morenilla (Gerente Epsar), Enrique Arnal Llorens (Director financiero Emarsa) se urdió un entramado para triplicar entre los años 2004 y 2010 los fondos que Epsar inyectaba en Emarsa. Como queda reflejado en la resolución analizada, los condenados, prevaliéndose de su posición de dominio y control sobre las empresas públicas, diseñaron y ejecutaron de manera continuada un plan consistente en incrementar el precio unitario con el que Epsar financiaba el coste de la gestión agrícola de los lodos producidos en la estación depuradora. Estos sobrecostes no fueron detectados por el consejo de administración gracias a los poderes absolutos atribuidos a Crespo como Presidente y Consejero Delegado de Emarsa, permitiendo esta ocultación la administración a su antojo de los fondos por parte de Cuesta, desviándolos en beneficio de los condenados, así como de terceros con los que mantenían afinidad política y/o personal.

De acuerdo con la sentencia, el desvío de los fondos era realizado de tres formas distintas:

La primera, consistente en la simulación de expedientes de contratación, cuya resolución culminaba mediante la firmad de un contrato que, posteriormente, les daría la cobertura para obtener un beneficio propio. Asimismo, contrataron los servicios de algunos proveedores omitiendo la formación del preceptivo expediente de contratación, e incluso permitieron la prestación de servicios a la empresa pública sin la firma previa de un contrato; la segunda, consistente en el cobro de comisiones a través de la adjudicación de contratos a empresas constituidas por familiares también acusados (Por ej., el hermano de Cuesta); finalmente, la tercera vía fue la que se ha mencionado al inicio, el desvío de fondos por la retirada de lodo y desbaste, gracias a la connivencia entre los responsables de Epsar y Emarsa. Toda esta trama no habría sido posible sin el apoyo de Jorge Ignacio Roca, empresario encargado de emitir a Emarsa facturas simulando la prestación del servicio de lodos y desbaste al precio previamente aprobado por los responsables de las empresas públicas.

También se hace referencia en esta ficha a la posición de Sebastián García Martínez, Jefe de los servicios informáticos de Emarsa y administrador de distintas empresas que contrataron con ésta. Se le conocía como vicegerente de Emarsa por tener autorización de altos cargos del Partido Popular para actuar con total libertad. Sobre esta cuestión, resulta significativo que, pese a que Emarsa sólo contaba con aproximadamente 30 equipos informáticos, su departamento facturará por valor de 4.500.000€.

Queda probado en la sentencia que los condenados utilizaron los fondos obtenidos ilícitamente para su beneficio personal o de terceros cercanos, plasmándose en la sentencia un extenso catálogo de viajes, compras lujosas, gastos de restauración, contratación de servicios de prostitutas, así como la compra de ejemplares del libro de Mario Conde Memoria de un preso.

Municipio

Delitos continuados de prevaricación administrativa del art. 404 CP y malversación de caudales públicos del art. 432.1 CP.

Comarca

València.

Delito imputado

Delito de negociaciones y actividades prohibidas a los funcionarios públicos del art. 441 CP.

Sentido sentencia

Condenatoria.

Clase funcionario/autoridad

Esteban Cuesta Enguix: Gerente Emarsa, nombrado Alcalde pedáneo de Benimamet por Rita Barberà.

Enrique Crespo Calatrava: Consejero Delegado Emarsa, Vicepresidente de la Diputación de Valencia, Alcalde de Manises.

José Juan Morenilla Martínez: Gerente Epsar.

Ignacio Bernacer Bonora: Jefe de explotación Epsar.

Enrique Arnal Llorens: Director financiero Emarsa.

Sebastián García Martínez: Jefe de los servicios informáticos de Emarsa.

Impacto económico

23.600.000€, que tuvieron como consecuencia la privatización de la empresa, así como el aumento del recibo del agua para la ciudadanía que dependía de su suministro.

Concurso con otros delitos

Para todos los imputados mencionados en esta ficha se aprecia asimismo un concurso con un delito de falsedad en documento oficial y mercantil.

Pena

Esteban Cuesta Enguix: 12 años y 6 meses de prisión; 9 años de inhabilitación especial para empleo o cargo público; 20 años de inhabilitación absoluta; inhabilitación especial para sufragio pasivo durante el tiempo de la condena; 3.650 de multa penal.

Enrique Crespo Calatrava: 10 años de prisión; 20 años de inhabilitación absoluta; inhabilitación especial para sufragio pasivo durante el tiempo de la condena. 

José Juan Morenilla Martínez: 9 años de prisión; 20 años de inhabilitación absoluta; inhabilitación especial para sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.

Ignacio Bernacer Bonora: 3 años y 6 meses de prisión; 9 años de inhabilitación absoluta; inhabilitación especial para sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.

Enrique Arnal Llorens: 8 años y 6 meses de prisión; 20 años de inhabilitación absoluta; inhabilitación especial para sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.

Sebastián García Martínez: 7 años y 6 meses de prisión; 20 años de inhabilitación absoluta; inhabilitación especial para sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.

Responsabilidad civil

Esteban Cuesta Enguix: Indemnización conjunta y  solidaria de 23.501.620,35€

Enrique Crespo Calatrava:  Indemnización conjunta y  solidaria de 23.501.620,35€.

José Juan Morenilla Martínez: Indemnización conjunta y  solidaria de 13.012.754,53€

Ignacio Bernacer Bonora: Indemnización conjunta y solidaria de 13.012.754,53€.

Enrique Arnal Llorens: Indemnización conjunta y  solidaria de 23.501.620,35€.

Sebastián García Martínez: Indemnización conjunta y  solidaria de 7.198.208,01€.

Otros datos de interés

Total de las penas para todos los acusados (no sólo los de la ficha, también los empresarios que participaron) suma 97 años, 8 meses y 8 días.

Como consecuencia del expolio al que fue sometido Emarsa por los integrantes de la trama, su gestión tuvo que ser privatizada. Asimismo, las consecuencias de la trama afectaron directamente a la factura del agua de la ciudadanía, en tanto que fue necesario incluir una tasa para paliar el perjuicio al erario público causado por la trama.

Frase de Esteban Cuesta ante el Tribunal: “Se nos fue la mano y cogimos hasta el codo”.