El acusado fue desde 1982 adjudicatario de sucesivos contratos, en ocasiones prorrogados tácitamente, del servicio de colaboración en la gestión de recaudación voluntaria y ejecutiva de los tributos municipales del Ayuntamiento de Benetusser. Durante todo ese tiempo se mantuvo junto al sistema de pago por domiciliación bancaria el sistema de recaudación en efectivo, en el cual los contribuyentes en la oficina situada en el edificio del ayuntamiento pegaban al acusado en metálico la cuantía del tributo y este les entregaba el correspondiente recibo del pago. Desde el año 2000 el acusado empezó a apropiarse sistemáticamente de las cuantías que recibía, en vez de ingresarlas en la cuenta del ayuntamiento como estaba obligado.