1.2. Infidelidad custodia documentos y violación de secretos

Supuesto A: autoridad o funcionario público que intencionadamente roba, destruye u oculta documentos cuya custodia le esté encomendada por razón de su cargo (art. 413 CP).

 

Pena: prisión de 1 a 4 años + multa de 7 a 24 meses + inhabilitación para empleo o cargo público de 3 a 6 años.

 

Ejemplo: en el ayuntamiento donde trabaja C. se sigue un procedimiento sancionador contra su amigo I., por incumplir la normativa de vertido de residuos. C., encargado del procedimiento, aprovechando que sus compañeros no están en la oficina, abre el expediente y destruye las fotografías que hizo la policía de los vertidos tóxicos, destruyendo de esta forma la única prueba que puede incriminar a su amigo.

 

Supuesto B.1: autoridad o funcionario público que por su cargo tiene encomendada la custodia de documentos de acceso restringido, e intencionadamente inutiliza los medios puestos para impedir ese acceso, o consiente su destrucción o inutilización (art. 414.1 CP).

 

Pena: prisión de 6 meses a 1 año o multa de 6 a 24 meses, + inhabilitación para empleo o cargo público de 1 a 3 años.

 

Ejemplo: L., funcionario de un juzgado de instrucción, está a cargo de un procedimiento penal dirigido contra su primo C., encargado de mantenimiento de ese mismo juzgado. L. quiere ayudarle, así que orquestan un plan: al acabar su jornada de trabajo, L. se olvidará de cerrar con llave el archivo donde están los autos del procedimiento para que C. los pueda destruir.

 

Supuesto B.2: cuando los hechos descritos en el supuesto anterior son realizados por un particular y no por un funcionario (art. 414.2 CP).

 

Pena: multa de 6 a 18 meses.

 

Ejemplo: P., que se encarga del mantenimiento de puertas y cerraduras en un juzgado, deja abierto el archivo donde se guardan bajo llave los asuntos en trámite, a fin de que su compañero L. pueda robar los autos del procedimiento que se dirige contra él.

 

Supuesto C: autoridad o funcionario que acceda o permita acceder a un tercero a documentos secretos cuya custodia le está encomendada por su cargo (art. 415 CP).

 

Pena: multa de 6 a 12 meses + inhabilitación para empleo o cargo público de 1 a 3 años.

 

Ejemplo: a L. le encargan trasladar a otro juzgado los autos de un procedimiento en el que se ha decretado el secreto de las actuaciones. De camino al Tribunal, a L. le puede la curiosidad y abre el expediente para ver de qué va el tema.

 

Supuesto D: particulares encargados del despacho o custodia de documentos, por orden de autoridades o funcionarios a quienes se hayan confiado esos documentos por razón de su cargo, que cometan los delitos señalados en los 3 supuestos anteriores (art. 416 CP).

 

Pena: prisión o multa inmediatamente inferior a la señalada en los supuestos anteriores.

 

Ejemplo: S., funcionaria de juzgado, entrega a M., trabajador de una empresa de mensajería, los autos que ha estado tramitando para trasladarlos a la audiencia provincial. Durante el transporte, M.:

  • Supuesto 1.- Abre el expediente, y al ver que es el procedimiento penal que se dirige contra su hermano, destruye parte de la documentación.
  • Supuesto 2.- Hallándose los documentos en el interior de un archivador cerrado con llave, inutiliza la cerradura con una ganzúa para verlos.
  • Supuesto 3.- Como en el juzgado ha oído que “han decretado el secreto del sumario”, le crea curiosidad y decide echarle un vistazo de camino al destino.

 

Supuesto E.1: autoridad o funcionario público que revele secretos o informaciones que conozca por razón de su oficio o cargo y que no deban ser divulgados (art. 417.1 CP).

 

Pena: multa de 12 a 18 meses + inhabilitación para empleo o cargo público de 1 a 3 años.

Si a consecuencia de la revelación se produce un grave daño para la causa o para un tercero, la pena será de prisión de 1 a 3 años + inhabilitación para empleo o cargo público de 3 a 5 años.

 

Ejemplo: en el juzgado donde trabaja L. se sigue un procedimiento penal contra un conocido político en el que se ha acordado el secreto de las actuaciones por haberse intervenido su teléfono. Esa misma tarde L., comenta alegremente y a viva voz en un bar con sus amigos todo lo que se ha ido averiguando; siendo escuchado por sus amigos y por todas las personas que se encuentran en el bar.

 

Supuesto E.2: cuando se trate de la revelación de los secretos de un particular (art. 417.2 CP).

 

Pena: prisión de 2 a 4 años + multa de 12 a 18 meses + suspensión de empleo o cargo público de 1 a 3 años.

 

Ejemplo: en el curso de un procedimiento judicial del cual se encarga L., tiene conocimiento de que cierto personaje conocido de su localidad ha contraído una rara enfermedad tropical durante un viaje y decide contar este hecho a todas sus conocidas.

 

Supuesto F: particular que aprovecha para sí o para un tercero el secreto o la información privilegiada que ha obtenido de un funcionario público o autoridad (art. 418 CP).

 

Penas: multa del tanto al triplo del beneficio obtenido + pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones, beneficios fiscales o de la Seguridad Social de 1 a 3 años.

Si de la conducta resulta grave daño para la causa o para un tercero, la pena será de prisión de 1 a 6 años + pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones públicas, beneficios fiscales o de la Seguridad Social de 6 a 10 años.

Ejemplo: T., gracias a su amistad con C., funcionario, se entera de que la Concejalía de Urbanismo tiene previsto declarar ciertos terrenos agrícolas de la localidad como suelo urbanizable. Visto el negocio, T. habla con los propietarios de esos terrenos para comprarlos, supuestamente para plantar naranjos. Debido a su escaso valor, y como la mayoría se encuentran abandonados, adquiere la mayoría de los terrenos sin problemas. Un año después, el ayuntamiento declara el suelo urbanizable, multiplicándose por 100 el valor de los terrenos.