Dentro del proceso de convocatoria de plazas para ocupar puestos administrativos por promoción interna en el Ayuntamiento de Aielo de Malferit, la persona que ocupaba en ese momento la posición de Secretario acumulado de dicho municipio propone y redacta una serie de resoluciones contrarias al procedimiento de selección establecido. Así, las distintas resoluciones reflejaban un procedimiento de provisión de plazas de administrativos que en realidad no había tenido lugar, omitiendo completamente el procedimiento para la provisión de plazas, siendo a su vez una transcripción de resoluciones previas anuladas por instancias administrativas. En ningún caso se procedió a la publicación en el BOE de las bases del proceso de selección, ni se cumplieron los plazos legalmente establecidos, tampoco se recibieron las solicitudes pertinentes, ni se efectuaron las preceptivas pruebas de selección dentro del concurso oposición. En conclusión, se eludió conscientemente cualquier tipo de procedimiento legalmente establecido para la selección y nombramiento de personal, simulando a través de las resoluciones la existencia de un procedimiento administrativo que en ningún momento tuvo lugar.