Licencias en suelo no urbanizable en Benicolet

Sentencia

Sentencia Audiencia Provincial de València (nº 136/2020), 12 de marzo de 2020.

Descripción de los hechos

Alcalde del Partido Popular del municipio de Benicolet (Vall d’Albaida), durante el período 1995-2007, organiza durante los años 2006-2008 un plan preconcebido para conceder licencias en suelo no urbanizable independientemente de su legalidad. En los hechos probados en la resolución judicial consta en primera instancia su acreditada ignorancia de los informes preceptivos que defendían el carácter ilícito del otorgamiento de las licencias. Asimismo, cuenta en determinados supuestos con la connivencia del Arquitecto técnico municipal del Ayuntamiento de Benicolet, quien elabora informes favorables sobre las licencias que ignoran la normativa aplicable.

Municipio

Benicolet

Comarca

La Vall d’Albaida

Delito imputado

Delito de prevaricación urbanística del art. 320.1 CP.

Sentido sentencia

Condenatoria.

Clase funcionario/autoridad

Alcalde de Benicolet por el Partido Popular.

Arquitecto técnico municipal del Ayuntamiento de Benicolet.

Impacto económico

No consta.

Concurso con otros delitos

No consta.

Pena

Alcalde de Benicolet: Multa de 6.840€ e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de 9 años, así como al pago de la mitad de las costas, incluyendo las de la acusación popular.

Arquitecto técnico municipal del Ayuntamiento de Benicolet: Multa de 4.680€ e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de 7 años y 1 mes, así como al pago de la mitad de las costas, incluyendo las de la acusación popular.

Responsabilidad civil

No consta.

Otros datos de interés

La pena impuesta se ve considerablemente rebajada por la aplicación de la circunstancia atenuante de dilaciones indebidas, atendiendo a que los hechos enjuiciados sucedieron entre los años 2006-2008.