El Alcalde de Barx, Francisco Olmos García, no convoca un pleno municipal dónde debería procederse a la discusión y votación de la moción de censura que se había presentado por la oposición del Consistorio. El primer edil, pese a tener conciencia de la obligatoriedad que tenía de convocar pleno extraordinario de la corporación para debatir la moción de censura, conforme a lo dispuesto en el art. 197.2 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, no lo hizo, consiguiendo prolongar indebidamente su cargo de primer edil durante un año y medio.