Trajes del Jefe de Gabinete de la Agencia Valenciana de Turismo

Sentencia

Sentencia Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, (nº 11/2011), 16 de septiembre de 2011.

Descripción de los hechos

Rafael Betoret Parreño, Jefe de Gabinete de la Agencia Valenciana de Turismo, aceptó, durante los años 2006 y 2007, varias prendas de vestir como regalos en consideración a su función como Jefe de Gabinete de la Agencia Valenciana de Turismo, cargo desde el cual podía tomar decisiones o desplegar su influencia sobre determinadas materias que podían interesar a quienes entregaban los regalos.

Municipio

València.

Comarca

València.

Delito imputado

Delito de cohecho del art. 426 CP (redacción de la LO 10/1995).

Sentido sentencia

Condenatoria.

Clase funcionario/autoridad

Jefe de Gabinete de la Agencia Valenciana de Turismo, por el Partido Popular.

Impacto económico

Prendas de vestir por valor de 13.500 €.

Concurso con otros delitos

No consta.

Pena

Pena de multa de 9.600 €.

Responsabilidad civil

No consta.

Otros datos de interés

En este caso se produjo una sentencia de conformidad de acuerdo con el artículo 793.2 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que no vino acompañada por la de otros imputados en este caso, denominada “causa de los trajes” tales como el Vicepresidente del Consell de la Generalitat Valenciana, Víctor Campos, el Presidente de la Generalitat Valenciana, Francisco Camps, y el Secretario General del PPCV Ricardo Costa.

A diferencia de los dos últimos, que fueron absueltos por un Jurado popular (STSJV nº 2/2012, de 30 de enero de 2012) del delito de cohecho al no poder probar los hechos (haber aceptado trajes y otras prendas de vestir por un valor conjunto de 23.196 € como regalos de las empresas de Francisco Correa en atención a sus cargos), el Jefe de Gabinete de la Agencia Valenciana de Turismo fue condenado al reconocer esos mismos hechos y aceptar su culpabilidad, conformándose con los escritos de la acusación y aceptando la pena más grave por el delito de cohecho pasivo impropio, prevista en el art. 236 CP, en la redacción de la LO 10/1995, de 23 de noviembre, vigente al momento de producirse los hechos.